El Tribunal Administrativo del Deporte da la razón al Club Deportivo Elemental Balonmano Sinfín en su contencioso contra la RFEBM por la multa de 600 euros por no acudir a una reunión informativa previo aviso con causa justificada.
De esta manera, tras el recurso interpuesto ante el Comité Nacional de Apelación de la RFEBM y este ser desestimado, el TAD da la razón al Club Deportivo Elemental Balonmano Sinfín.